lunes, 16 de septiembre de 2013

CUESTIONES AMBIENTALES Y DE SALUD PUBLICA - II

Las normativas sobre emisiones químicas afectan esencialmente a todos los procesos químicos, a los motores y a las unidades de potencia auxiliares, a las actividades de los vehículos utilizados para el repostaje y el servicio de rampa. Por ejemplo, en Los Angeles, para conseguir la reducción de los niveles de ozono y de monóxido de carbono a nivel del suelo que establecen las normas de la Ley de Limpieza del Aire, sería necesario reducir a la mitad las operaciones de vuelo del aeropuerto internacional de Los Angeles para el año 2005 (Donoghue 1994). Las emisiones allí generadas serán controladas a diario para mantener los límites de las emisiones totales de compuestos orgánicos volátiles y de monóxido de carbono por debajo de los valores totales permitidos. En Suecia se ha gravado con un nuevo impuesto a todos los aviones que emitan dióxido de carbono, debido a su incidencia potencial sobre el calentamiento del planeta. En otros lugares, este tipo de normas han originado la práctica eliminación total del desengrasado a vapor por medio de disolventes clorados, como el tricloroetano, por sus elevadas emisiones procedentes del desengrasado destilado en abierto, por su potencial destructor de la capa de ozono y por la toxicidad del 1,1,1-tricloroetano.
Quizá la normativa de más amplia implantación hasta la fecha es la Norma Aeroespacial Nacional sobre Emisiones para Contaminantes Atmosféricos Peligrosos (NESHAP) de 1995, promulgada por la Agencia Norteamericana de Protección del Medio Ambiente, en el ámbito de las Enmiendas a la Ley de Limpieza del Aire de 1990. Según la norma, toda actividad aeroespacial debe cumplir con la media alcanzada por las 12 mejores de cada 100 prácticas actuales de control vigentes en los Estados Unidos, para así reducir la emisión de contaminantes generada en los procesos con mayores índices de emisión. La fecha límite de esta norma es septiembre de 1998. Los procesos y materiales más afectados son la recogida manual y la limpieza mediante lavado, los imprimadores y las capas superficiales, el decapado de pinturas y los agentes enmascaradores de fresado químico. La normativa permite la modificación o el control de los procesos y obliga a las autoridades locales al cumplimiento de sus requisitos en cuanto a material, equipos, prácticas y registros. La importancia de estas normas consiste en la imposición de las mejores prácticas posibles sin apenas tener en cuenta los costes para cada constructor aeroespacial. Como se muestra en la Tabla 90.5, imponen un cambio total: utilización de materiales de limpieza con disolventes con baja presión de vapor, revestimientos que contengan pocos disolventes y tecnología de equipos de aplicación. Se exceptúan los casos en que la seguridad del personal o de los productos (por riesgo de incendios, etc.) podría verse amenazada. En las Tablas 90.6 y 90.7, respectivamente, aparecen resúmenes de las prácticas más habituales en materia de riesgos químicos y de control de emisiones, consecuencia de las normativas ambientales sobre las actividades de construcción y de mantenimiento en los Estados Unidos. En su mayor parte, las normativas europeas no se ocupan del tema de las emisiones atmosféricas tóxicas, aunque sí de la eliminación de toxinas, como el cadmio, contenidas en algunos productos, y de la gradual eliminación de los compuestos destructores de la capa de ozono. En los Países Bajos, por ejemplo, los operadores están obligados a justificar el empleo de cadmio como elemento esencial para la seguridad en vuelo.

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