Por regla general, sólo deben utilizarse en las labores de seguridad
perros entrenados y aprobados por adiestradores titulados y
competentes. Los perros que no reúnan estos requisitos únicamente
deben emplearse en tareas de aviso, siempre que estén
bajo el control directo de sus cuidadores, pero no para otras
tareas de seguridad.
Se deben retirar del servicio los animales que
manifiesten tendencias agresivas o hayan perdido facultades.
No se debe exigir demasiado a los perros, a los que deben
proporcionarse una educación y formación adecuadas, basadas
en los hallazgos de las investigaciones de la conducta animal.
Es preciso establecer límites adecuados para el tiempo de
servicio, unos períodos mínimos de descanso y un tiempo
máximo de servicio diario.
La competencia de los cuidadores debe acreditarse regularmente
y, si su destreza se reduce respecto de los mínimos exigibles,
se les debe retirar la licencia.
Es preciso promulgar normas que garanticen un correcto
y seguro manejo de los perros, el contacto con los mismos, la
transmisión de su custodia, la colocación y retirada de correas y
collares, el empleo de idénticas voces de mando por parte de
diferentes entrenadores, la manipulación de la correa y el
comportamiento en presencia de terceros.
Para las perreras, se establecen requisitos mínimos relativos
tanto a su estado e instalación como a la autorización para
el acceso a ellas.
En el transporte de los perros hay que establecer una separación
entre las zonas reservadas a los animales y las destinadas a
los pasajeros. En ningún caso se deben transportar los animales
en el maletero de los coches. Además, cada perro debe ir en un
compartimento independiente.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario