El Comité Técnico 178 de la OIT ha redactado normas para
cargas y velocidades hasta 2,50 m/s; dimensiones de cabinas y
huecos de montacargas para dar cabida a pasajeros y mercancías;
ascensores para camas y de servicio para edificios residenciales,
oficinas, hoteles, hospitales y residencias de ancianos; mecanismos
de control, señales y accesorios adicionales; y selección y planificación
de ascensores en edificios residenciales. Todos los edificios
deberán estar dotados, como mínimo, de un ascensor que
permita el acceso en silla de ruedas de las personas disminuidas.
La Asociación francesa de normalización (AFNOR) está a cargo
de la Secretaría de este Comité Técnico.
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