Los contratistas pueden formar parte del sector público (p. ej., el
departamento de obras de un ayuntamiento o de un consejo
comarcal). Estos departamentos de obras públicas solían llevar a
cabo un volumen considerable de trabajos de conservación, especialmente
en viviendas, escuelas y carreteras. Recientemente se
ha producido un movimiento a favor de alentar una mayor
competencia en estos trabajos, en parte a raíz de las presiones
ejercidas con miras a mejorar la administración de los fondos.
Ello ha conducido, en primer lugar, a la reducción del tamaño de
los departamentos de obras públicas, incluso a su total desaparición
en algunos lugares, y a la obligación de adjudicar las obras
mediante licitaciones competitivas. Los trabajos anteriormente
ejecutados por los departamentos de obras públicas se realizan
ahora por contratistas del sector privado en estrictas condiciones
de “adjudicación a la oferta más barata”. Ante la necesidad de
reducir costes, los contratistas pueden sufrir la tentación de
reducir partidas que ellos consideran gastos generales, como los
de seguridad y formación.
La diferencia entre los sectores público y privado también
puede hacerse extensiva a los clientes. El gobierno central y
local (junto con los servicios públicos y de transporte, si es que
están bajo el control de los anteriores) pueden ser clientes de las
empresas de construcción. Como tales, generalmente debería
considerarse que pertenecen al sector público. El transporte y los
servicios públicos regidos por empresas deberían considerarse
normalmente como pertenecientes al sector privado. El hecho
de que un cliente pertenezca o no al sector público a veces
influye en la decisión de incluir ciertas partidas de seguridad o
formación en el coste de los trabajos de construcción. Recientemente,
clientes tanto del sector público como del privado se han
encontrado con parecidas exigencias en esta modalidad de
ofertas competitivas.
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