jueves, 28 de noviembre de 2013

Relaciones intersindicales

La estructura sindical es reflejo de las especializaciones de los contratistas dentro del sector. En un proyecto típico de construcción, en un momento dado, cinco o más oficios pueden coincidir en la obra. Ello implica muchos problemas análogos a los creados por la existencia de varios patronos. No sólo hay que atender a intereses encontrados, sino que los canales de autoridad y comunicación se complican y, a veces, se rarifican en comparación con un centro de trabajo con una sola empresa y un solo sindicato. 
Ello influye en muchos aspectos de la salud y la seguridad. Por ejemplo, ¿Qué trabajador o sindicato representará a todos los trabajadores del proyecto si la norma exige el nombramiento de un representante de salud y seguridad? ¿Quién ha de recibir formación, quién la impartirá y sobre qué materia? En el caso de rehabilitación y reincorporación de los trabajadores lesionados, las opciones son mucho más limitadas para los trabajadores cualificados de la construcción que para sus homólogos de las industrias fijas. Por ejemplo, un obrero lesionado en una fábrica puede incorporarse a cualquier otro trabajo, sin necesidad de traspasar importantes barreras jurisdiccionales entre dos sindicatos, porque lo habitual es que en la fábrica haya un solo sindicato. En la construcción, cada sindicato tiene una jurisdicción claramente definida sobre el tipo de trabajo que sus miembros pueden efectuar. Esto limita en gran manera las opciones de los trabajadores lesionados que no están capacitados para los cometidos que realizaban antes de sus lesiones, pero que, a pesar de ello, podrían realizar otros trabajos en el mismo centro de trabajo. 
De vez en cuando se suscitan disputas jurisdiccionales acerca de qué sindicato debe realizar ciertos tipos de tareas que tienen connotaciones de salud y seguridad. Entre éstas cabe incluir el montaje de andamios, el manejo de grúas con pluma sobre camión, la retirada de amianto y el estibado. Es preciso que las normas en estos sectores tengan en cuenta las incumbencias jurisdiccionales, en especial en lo relativo a autorizaciones y formación.

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