En 1985, la Comunidad Europea (CE) decidió un “Nuevo
enfoque de la armonización y normas técnicas” a fin de facilitar
el libre movimiento de mercancías. Las directivas de este “nuevo
enfoque” son leyes comunitarias que establecen exigencias esenciales
para la salud y la seguridad que se deben cumplimentar
antes de que los productos puedan suministrarse entre los países
miembros o importados a la Comunidad. Un ejemplo de directiva
con un nivel fijo de exigencias es la Directiva de maquinaria
(Consejo de las Comunidades Europeas 1989). Los productos que
cumplen las exigencias de esta directiva llevan un distintivo y
pueden ser suministrados en cualquier territorio de la CE.
Existen sistemas análogos para los productos cubiertos por la
Directiva de productos de construcción (Consejo de las Comunidades
Europeas 1988).
Además de las directivas con este nivel de exigencias fijo,
existen directivas que establecen los criterios mínimos de las
condiciones de los lugares de trabajo. Los Estados miembros de
la Comunidad deben cumplir estos criterios o, en su caso,
cumplir un nivel de seguridad más estricto estipulado en su
normativa nacional. De relevancia específica para el trabajo en
la construcción son la Directiva sobre las condiciones mínimas
de salud y seguridad en el trabajo para el uso de maquinaria por
los trabajadores (89/655/CEE) y la Directiva sobre las condiciones
mínimas de salud y seguridad en obras de construcción
móviles y provisionales (92/57/CEE).
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